Desde CELTIC:
Decreto Real N° 270.814/002: (De la diplomacia céltica con las micronaciones y las nanonaciones).
Como siempre, el Gobierno céltico haciendo gala de sus territorios FÍSICOS...Mientras los "cuervos" siguen jugando a las pseudo-micronaciones virtuales... |
Comunicado Oficial N° 270.814: (De la coronación del Príncipe de Contestosia y la Reina interina de Nicosia).
Artículo único: Constátese que en el día de ayer, martes 26 de
agosto de 2014 d.C.A.T., se realizó la coronación de herr Frankis von
Shubert como nuevo Príncipe de Contestosia, y la coronación de su
esposa, frau Mónica Lucía Salazar Duarte como nueva Reina interina de
Nicosia; de acuerdo a lo estipulado por el Real Decreto Céltico N° 180.814/001;
y asimismo constátese que esta noticia fue corroborada por el
Celticreichskanzler (o Primer Ministro Céltico), el General D. Antonio
Manuel Emigdio Piceno Sánchez Hernánez de Inferencia y Arias (hijo del
Conde D. Antonio II el Panzón y la Condesa Da. Margarita), en el Foro V
Suis, a través del tópico 739, numeral 4411, y por su esposa, la Princesa Da. Natalia
Lucía María de los Ángeles de Ghuxland y
Mundo del Costado (hija de S.M.E.C. el Rey D. Alfonso II de Ghuxland y
S.M.E.C. la Reina Da. Catalina de Ghuxland), en el susodicho Foro, a
través del susodicho tópico, numeral 4412.
Decrerto Real N° 270.814/001: (De la coronación del Rey y la Reina de Soshafasia).
Artículo 1:
Ordénese la coronación--de forma austera--de D. Antonio Bogas Dos
Santos Sánchez Gutiérrez de Inferencia y Arias--actual Ministro de
Defensa y Guerra, y Ministro de Seguridad Interna y Represión (quien
continuará ejerciendo dichos cargos, por tiempo indeterminado, hasta que
la Corona Céltico-Gonelliense disponga lo contrario,
eventualmente)--como nuevo Rey de Soshafasia, cuyo cargo real estará
dentro del ámbito de la Región Imperial Autónoma número 20, es decir los
Territorios de la Corona Sánchez Inferencia.
Artículo 2:
El Reino de Soshafasia corresponderá en territorios al ex-Protectorado
de Ex-Bufanda, es decir, la ex-República de Bufanda, conquistada por el
ejército céltico, gracias al General D. Antonio Manuel Sánchez
Hernández.
Artículo 3: Al Rey de Soshafasia le corresponderá también el título de "Rey de Armas de la Confederación", y además de gobernar el Reino de Soshafasia, como "Rey de Armas de la Confederación",
tendrá la función de encargarse del registro de los blasones, así como
la formación de los nuevos que se fueran concediendo y de la observancia
de las leyes heráldicas, dentro de los territorios de la
Confederación.
Artículo 4:
La insignia del Rey de Soshafasia serán las armas y blasones, serán
establecidos eventualmente por la Constitución de la Confederación.
Artículo 5:
Asimismo, el Rey de Soshafasia, ostentará el título de "Rey de
Riboalte", en virtud de haber conquistado esa "micronación" (en
realidad, nanonación).
Artículo 6:
La coronación del Rey de Soshafasia se llevará a cabo, el próximo
sábado 30 de agosto del presente año 2014. Ese mismo día, se coronorá a
la esposa de D. Antonio Bogas Dos Santos, es decir, la señora Da. Sofía
Shanon María Egipcia Mais de Atnafos-Klonei y Káriteh, como Reina de
Soshafasia (ex-Reina de Atnafos-Klonei y Káriteh).
Artículo 7: Comuníquese, publíquese, etcétera.
Decreto Real N° 270.814/002: (De la diplomacia céltica con las micronaciones y las nanonaciones).
Artículo 1:
El Gobierno legítimo de C.E.L.T.I.C. tendrá en cuenta para sus
relaciones diplomáticas que micronaciones verdaderas sólo pueden
considerarse aquellas cuyos fines sean serios (ya sea búsqueda de
autonomía--como nosotros--o separatismo como Molossia, etcétera) y que
necesariamente posean territorios físicos (independientemente de lo
pequeños que sean).
Artículo 2:
El Gobierno legítimo de C.E.L.T.I.C. podrá tener relaciones
diplomáticas con nanonaciones (es decir, "micronaciones virtuales" o
"digitales", según los criterios de "El Cuervo", la O.M.U. y
organizaciones similares), siempre y cuando dichas nanonaciones estén
registradas dentro de la Liga de Nanonaciones Libres, como estados miembros plenos y aceptando todos sus estatutos.
Artículo 3:
Constátese pues, que la Confederación NO reconocerá a
pseudo-micronaciones que no posean territorios fisicos ni fines serios
(porque esas NO son micronaciones; las micronaciones deben
necesariamente poseer territorios físicos y demostrables, tal como
nosotros lo hemos hecho con fotografías y videos), independientemente de
que sean del "El Cuervo" de la O.M.U. o cualquier otra organización
similar; ni tampoco la Confederación reconocerá a las autodenominadas
"micronaciones digitales o virtuales", porque esas NO son micronaciones,
sino en todo caso nanonaciones; pero para que C.E.L.T.I.C. reconozca a
alguna de esas nanonaciones, las mismas deben estar registradas en la
Liga de Nanonaciones Libres, que es la organización internacional de
regular a las nanonaciones.
Artículo 4: Comuníquese, publíquese, etcétera.
Príncipe Heredero Lord Nicus, en nombre de S.M.C. la Reina de la Confederación Da. Olga.
D. Antonio M. Sánchez Hernández, el Celticreichskanzler (Primer Ministro).
Sr. Arturo Bogas Dos Santos, Ministro de Defensa y Guerra, y Ministro de Seguridad Interna y Represión.
Sr. Emilio M. Ipesis Duarte, Ministro de Economía, Hacienda y Represión
Anti-Usurera (Presidente del Banco Nacional Popular de CELTIC), y
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Ing. Yon A. Malkovich Isdrhjawsen, Ministro de Industria, Energía y Minería.
Arq. Alfredo M. Fuentes Gonellaiévich, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
Sr. D. Andrés Gustavo Esti Escanlar, Ministro de Transporte y Obras Públicas.
Lic. Arturo J.M. Gladiadoris Familiaris, Ministro de Turismo y Deportes.
Acúsese recibo e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Sr. Arturo Bogas Dos Santos, Ministro de Defensa y Guerra, y Ministro de Seguridad Interna y Represión.
Sr. Arturo Bogas Dos Santos, Ministro de Defensa y Guerra, y Ministro de Seguridad Interna y Represión.
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