miércoles, 8 de julio de 2015

CELTIC y Rino Island firman tratado de reconocimiento mutuo y cooperación

Desde Foro V SUIS
En este conflicto, en C.E.L.T.I.C. nos hemos aliado y alineado con Rino Island, en contra de Plunok.
De hecho, hemos firmado un Tratado; he aquí el texto, que lo hacemos público:

Martes, 7 de julio de 2015


El Imperio Céltico-Gonelliense y la República de Rino Island firman tratado de reconocimiento mutuo y cooperación


Se informa que el Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de Estados Ligásicos Terrícolas Independientes y Colonizados de la Gran Gonellasia y la República de Rino Island han firmado un tratado de reconocimiento mutuo y cooperación; he aquí pues, el texto oficial que lo difundimos para la opinión pública: 


TRATADO DE RECONOCIMIENTO MUTUO Y COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE RINO ISLAND Y EL SOBERANO IMPERIO ROMANO ORIENTAL Y APOSTÓLICO DE LA CONFEDERACIÓN DE ESTADOS LIGÁSICOS TERRÍCOLAS INDEPENDIENTES Y COLONIZADOS DE LA GRAN GONELLASIA.






Celtícpolis, sábado 4 de julio de 2015 A.D.A.T.
Artículo 1: Los Estados Partes de este Tratado, es decir, la República de Rino Island (en delante R.I.) y el Soberano Imperio Romano Oriental y Apostólico de la Confederación de Estados Ligásicos Terrícolas Independientes y Colonizados de la Gran Gonellasia (en delante C.E.L.T.I.C.) se reconocen mutuamente como estados soberanos, libres e independientes.
Artículo 2: Ambos estados partes se comprometen a no declararse la guerra y convivir pacíficamente, sin reclamaciones territoriales contrapuestas y en el caso de existir diferendos territoriales, se deberán resolver dentro de las vías de la diplomacia pacífica.
Artículo 3: Ambos estados promoverán el fortalecimiento de sus lazos diplomáticos, fomentándose recíprocamente el desarrollo económico, social y cultural de los mismos, sin que un estado parte, se inmiscuya sin permiso del interesado, en los asuntos internos del otro.
Artículo 4: Ambos estados, R.I. y C.E.L.T.I.C., se comprometen a ayudarse mutuamente—dentro de sus posibilidades militares y económicas—militarmente, en cualquier guerra eventual que participen, cualquiera de ambos estados sin obligación a participar directamente.
Artículo 5: Ambos estados partes, se comprometen a ayudarse directa o indirectamente y mutuamente, en los conflictos bélicos en los cuales, ambos, o cualquiera de los dos, tuvieran que defenderse de las agresiones anti-cristianas de otros estados o micronaciones extranjeras.
Artículo 6: Ambos estados partes, se comprometen a intercambiar la información de inteligencia militar necesaria, para el combate al terrorismo marxista, en general, en todo el mundo, así como también para el combate contra el narcotráfico, el cual ambos estados se comprometen a reprimir severamente en sus respectivos territorios.
Artículo 7: La República de Rino Island, en virtud de la firma de este Tratado, tendrá el derecho de ingresar como miembro asociado u observador, según pidiere, a la organización internacional llamada "Quinto Supremo Ultra-Imperio Saurésrico de Neoneosaurolandia", siempre y cuando se registrara en el Foro V SUIS, cuya dirección web es la siguiente: http://vsuis.forouruguay.net/
Artículo 8: Ambas micronaciones se comprometen por consiguiente a abrir embajadas y enlazarse mutuamente sus páginas oficiales.
en 14:03

Etiquetas: Celtic, Diplomacia, Paz, [url=http://noticiasdeceltic.blogspot.com/search/label/Rino Island]Rino Island[/url], Tratado
Fuente: http://noticiasdeceltic.blogspot.com/2015/07/el-imperio-celtico-gonelliense-y-la.html

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